La Constitución Política de Colombia en el artículo 340 y especialmente las Leyes 152 de 1994 y 388 de 1997 otorgan un papel protagónico a los Consejos Territoriales de Planeación (CTP), como representantes de la sociedad civil en la planeación del desarrollo integral de las entidades territoriales.
El Consejo Territorial de Planeación es un cuerpo consultivo que fue creado por norma, en desarrollo del principio de la democracia participativa ligada al concepto de la planeación. En este sentido el CTPD tiene funciones respecto al Plan de Desarrollo Municipal, al Plan de Ordenamiento Territorial (POT), indicadores, entre otros.
Dicha instancia goza de plena autonomía para el cumplimiento de su misión, aunque para las dependencias de planeación de las entidades territoriales, en este caso elmuncipio de Popayán, le debe prestar el apoyo administrativo y logístico que sea indispensable para su funcionamiento.
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ESLOGAN:
La paz nuestra mejor iniciativa
CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN
CHIGORODÓ
NORMA RIVALDO
SECTOR>>
MESA COMUNITARIO
SECRETARIA>>
CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN
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ALEJANDRO
SECTOR>>
SOCIAL
VOCERO 1>>
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BLANCA ROSA HERNANDEZ FERIA
SECTOR>> COMUNITARIO
PRESIDENTA>>
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GIOVANY CUESTA ROBLEDO
SECTOR>>
COMUNITARIO
INTEGRANTE>>
CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN
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NELSON SANCHEZ
SECTOR>>
COMUNITARIO
INTEGRANTE>>
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